Art. 65
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 5.ª Normas de gestión y conservación

Art. 65

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En vigor desde 27 ago 2019
La tramitación y aprobación de las normas de gestión y conservación corresponde a la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural, y se realizará simultáneamente con la declaración del espacio natural protegido correspondiente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 40 y 41.
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