Art. Disposición transitoria tercera
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición transitoria tercera

54 / 57
En vigor desde 13 mar 2018
La regulación relativa a suelo infrautilizado de esta ley se adecuará a la que, con carácter general, se fije en materia agraria para el conjunto del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, teniendo en cuenta las particularidades de la huerta.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2018/03/06/5#disposicion-transitoria-tercera