Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. Disposición final primera
56 / 57En vigor desde 13 mar 2018
Se faculta al Consell para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de esta ley en un plazo máximo de dos años desde su entrada en vigor, sin perjuicio de los plazos establecidos en las disposiciones adicionales.
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Proeli/es-vc/l/2018/03/06/5#disposicion-final-primera