Art. 32
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 32

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En vigor desde 8 nov 2018
Los ingresos que se produzcan por imposición de sanciones pecuniarias se convierten en dotaciones presupuestarias destinadas a la prevención del consumo de bebidas alcohólicas por menores de edad y a la financiación de programas municipales y autonómicos de ocio para la juventud.
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