Art. Disposición transitoria primera
7 / 12En vigor desde 1 jun 2018
En el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, la Asociación Criminología y Sociedad designará una comisión gestora que procederá a la elaboración y aprobación de unos estatutos provisionales del Colegio Oficial de Criminología de la Región de Murcia, en los que se regule la convocatoria, composición y funcionamiento de la asamblea constituyente de dicho colegio, de la que formarán parte todos los profesionales inscritos en las distintas asociaciones que se encuentren en posesión de las titulaciones relacionadas en el artículo 4 de la presente ley.
La convocatoria de la Asamblea Constituyente se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en los dos diarios de mayor difusión en la Región de Murcia.
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Proeli/es-mc/l/2018/05/28/5#disposicion-transitoria-primera