Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 3.ª Control del gobierno
Art. 44
44 / 207En vigor desde 3 ene 2019
1. El Gobierno está sujeto a la Constitución, al Estatuto de Autonomía y al resto del ordenamiento jurídico.
2. Toda la actividad del Gobierno está sometida al control político del Parlamento de Cantabria.
3. La actividad del Gobierno es impugnable ante el Tribunal Constitucional o ante los Juzgados y Tribunales del Orden Jurisdiccional competente, según los casos y de conformidad a lo dispuesto en sus respectivas leyes reguladoras.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2018/11/22/5#art-44