Art. 4
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 4

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En vigor desde 1 ene 2020
El Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria comprende: a) Los organismos públicos, las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la Administración General de la Comunidad Autónoma y los consorcios. b) Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria y las fundaciones del sector público, que quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a ellas y, en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas. c) La Universidad de Cantabria, que se regirá por su normativa específica y supletoriamente por las previsiones de la presente Ley. d) Los fondos sin personalidad jurídica. Se modifica por el .1 de la Ley 5/2019, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-504

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Pro

eli/es-cb/l/2018/11/22/5#art-4