Art. 3
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 3

3 / 207
En vigor desde 3 ene 2019
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria desarrolla funciones ejecutivas de carácter administrativo, realizando los cometidos en que se concreta el ejercicio de la acción de gobierno. 2. La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria está integrada por la Administración General, y por las entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de ella. 3. Cada una de las entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de la Administración General tendrá personalidad jurídica propia y consideración de Administración pública. Dichas entidades se adscriben, directamente a la Consejería competente por razón de la materia o al órgano de la Consejería que en cada caso se determine.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cb/l/2018/11/22/5#art-3