Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final segunda
42 / 46En vigor desde 16 ene 2019
Las entidades locales de la región, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, adaptarán sus ordenanzas municipales a lo dispuesto en la misma.
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Proeli/es-cm/l/2018/12/21/5#disposicion-final-segunda