Capítulo CAPÍTULO V
Art. 29
29 / 46En vigor desde 16 ene 2019
El procedimiento sancionador se rige por los principios de la potestad sancionadora establecidos en el capítulo III del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Proeli/es-cm/l/2018/12/21/5#art-29