Art. Disposición adicional cuarta
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional cuarta

13 / 19
En vigor desde 17 jun 2019
Los centros escolares facilitarán que bancos de libros existentes, puestos en marcha por las AMPA u otras instituciones, se integren en el nuevo modelo, sin que se pierda la experiencia desarrollada.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2018/10/19/5#disposicion-adicional-cuarta