Art. Disposición adicional séptima
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional séptima

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En vigor desde 27 jun 2018
El Gobierno de las Illes Balears proveerá de un Cuerpo de Inspectores adscritos a la Consejería competente en materia de vivienda a los efectos del ejercicio de la tarea de inspección en la aplicación de las disposiciones de esta ley.
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