Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final segunda
11 / 12En vigor desde 31 dic 2017
1. Se establece un plazo de 6 meses, a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, para aprobar el Decreto de delimitación geográfica de zonas prioritarias al que hace referencia el artículo 4.2.
2. Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente ley.
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Proeli/es-cm/l/2017/11/30/5#disposicion-final-segunda