Libro PARTE CUARTA›Título TÍTULO III
Art. 215
221 / 262En vigor desde 31 mar 2017
Se modifica el anexo 1 del Decreto 142/2010, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales 2010-2011, de modo que, mientras no se apruebe una nueva cartera, se establecen costes de referencia y bases de cálculo para las distintas prestaciones de servicio de vivienda para mayores de dieciocho años, en los siguientes términos:
«a) En relación con la prestación 1.2.1.6 (Servicio de piso asistido para jóvenes mayores de 18 años):
Coste de referencia: 41,53 euros/estancia - 1.263,20 euros/mes.
Módulo social: 1.003,20 euros/mes.
Copago: 260 euros/mes.
b) En relación con la prestación 1.2.1.7 (Servicio de residencia o pisos para jóvenes vinculados a programas de inserción laboral):
Coste de referencia: 41,53 euros/estancia - 1.263,20 euros/mes.
Módulo social: 1.003,20 euros/mes.
Copago: 260 euros/mes.
c) En relación con la prestación 1.2.1.11 (Servicio de acompañamiento para jóvenes tutelados y extutelados, en el caso de los jóvenes mayores de 18 años beneficiarios de la prestación de servicio de vivienda):
Coste de referencia: 41,53 euros/estancia - 1.263,20 euros/mes.
Módulo social: 1.003,20 euros/mes.
Copago: 260 euros/mes.
d) Para el cálculo del copago, se establece la referencia del tanto por ciento del indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC) a disposición del joven, según la siguiente tabla:
Jóvenes con ingresos superiores a 1,5 IRSC: 260 €.
Jóvenes con ingresos hasta 1,5 IRSC: 170 €.
Jóvenes con ingresos iguales al IRSC: 57 €.
Jóvenes con ingresos entre el 70% y IRSC: 30 €.»
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Proeli/es-ct/l/2017/03/28/5#art-215