Título TÍTULO IV
Art. Disposición final decimoquinta
72 / 73En vigor desde 26 oct 2017
1. En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, el Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la persona titular de la consejería competente en materia de empleo, aprobará el correspondiente decreto legislativo que refunda la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, y sus modificaciones, incluyendo los preceptos contenidos en la presente ley.
2. La autorización a que se refiere esta disposición incluye la facultad de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que tengan que refundirse.
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Proeli/es-ga/l/2017/10/19/5#disposicion-final-decimoquinta