Art. 53
Título TÍTULO VIII

Art. 53

53 / 113
En vigor desde 5 mar 2017
1. La administración pesquera autonómica fomentará la renovación, modernización y reestructuración de la flota pesquera de la Comunitat Valenciana, mediante la concesión de ayudas públicas a las acciones del sector con dicho objeto, de acuerdo con los fondos procedentes del Estado y de la Unión Europea y los propios que habilite la Generalitat. 2. Las medidas para el fomento de la modernización de la flota se dirigirán al cumplimiento de los siguientes objetivos: a) Racionalizar las operaciones de la pesca. b) Mejorar las condiciones de conservación a bordo de los productos, para garantizar su calidad. c) La mejora de las condiciones de vida y trabajo, de la seguridad y salud en el trabajo, así como, de la seguridad de la vida humana en la mar. d) Promover la instalación de equipos de control de las operaciones de la pesca. e) La reducción del impacto ambiental de la flota pesquera. f) Aquellos otros que ayuden al cumplimiento de los objetivos de la política pesquera común.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2017/02/10/5#art-53