Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 33
33 / 113En vigor desde 5 mar 2017
Se podrán adoptar medidas de limitación de la actividad pesquera y marisquera, así como su regulación, fomentando el uso de artes y prácticas selectivos, adecuando la explotación de la flora y fauna marina a condiciones de sostenibilidad económica, social y medioambiental.
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Proeli/es-vc/l/2017/02/10/5#art-33