Art. Disposición adicional cuarta
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 6 jul 2017
1. Todas las entidades del sector público autonómico deberán comunicar al órgano competente en materia de conflictos de intereses los nombramientos y ceses que efectúen correspondientes a puestos de trabajo cuyo titular esté incluido en el ámbito de aplicación de la presente ley. 2. Las sociedades participadas por la Corporación Empresarial Pública de Aragón realizarán la comunicación a través de esta.
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