Art. 2
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 6 jul 2017
La presente ley será de aplicación, de conformidad con lo previsto en la misma, al sector público de Aragón y al sector público autonómico en los términos definidos en el presente capítulo.
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eli/es-ar/l/2017/06/01/5#art-2