Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición transitoria tercera
164 / 175En vigor desde 22 ago 2016
El Plan Director de Instalaciones Deportivas de Andalucía se adaptará a esta ley en el plazo de dos años a contar desde la entrada en vigor de la misma. A su vez, los planes locales de instalaciones deportivas que estuvieran en vigor deberán adaptarse al Plan Director en el plazo de un año desde su entrada en vigor.
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Proeli/es-an/l/2016/07/19/5#disposicion-transitoria-tercera