Art. 30
Título TÍTULO III

Art. 30

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En vigor desde 14 may 2016
1. Las infracciones leves se sancionan con la extinción de la prestación económica y la prohibición de acceso a esta en un periodo no inferior a los 6 meses ni superior a los 12. 2. Las infracciones graves se sancionan con la extinción de la prestación económica y la prohibición de acceso a ésta en un periodo no inferior a los 13 meses ni superior a los 23. 3. Las infracciones muy graves se sancionan con la extinción de la prestación económica y la prohibición de acceso a ésta en un periodo no inferior a los 24 meses ni superior a los 36.
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