Art. 1
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 1

1 / 38
En vigor desde 14 may 2016
Esta ley tiene por objeto regular la renta social garantizada de las Illes Balears como prestación periódica dirigida a situaciones de vulnerabilidad económica y a la cobertura de los gastos básicos de las personas, familias u otros núcleos de convivencia que se encuentren en situación de pobreza, de acuerdo con el artículo 4 de esta ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2016/04/13/5#art-1