Art. 90
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 90

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En vigor desde 28 abr 2015
La Consejería competente en materia de deportes implementará medidas de concienciación, principalmente durante la edad escolar, dirigidas a prevenir la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en la actividad física y el deporte y a promocionar entre los practicantes de la actividad física y el deporte valores de convivencia, juego limpio, respeto, igualdad de género e integración social.
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