Art. 89
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 89

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En vigor desde 28 abr 2015
En las competiciones deportivas, actividades físico recreativas e infraestructuras para la actividad física y el deporte de Castilla-La Mancha se aplicarán las medidas de seguridad de los participantes y público asistente que prevean la Ley 7/2011, de 21 de marzo, y, en su caso, la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia, la homofobia y la intolerancia en el deporte.
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