Art. Disposición transitoria segunda
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria segunda

88 / 91
En vigor desde 10 may 2015
Las bases reguladoras de subvenciones que estuvieran publicadas antes de la entrada en vigor de esta ley deberán adaptarse a lo previsto en la misma en el plazo de seis meses a contar desde el día de su entrada en vigor.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/2015/03/25/5#disposicion-transitoria-segunda