Art. 96
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección quinta. De las normas especiales acerca del caserío en Gipuzkoa

Art. 96

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En vigor desde 3 oct 2015
La ordenación sucesoria del caserío en el territorio histórico de Gipuzkoa se regirá por las normas de esta ley, acomodándose a las formas, instituciones y principios tradicionales de dicho territorio histórico.
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