Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección cuarta. De la libertad de testar en el valle de Ayala en Álava
Art. 94
94 / 158En vigor desde 3 oct 2015
Todas las reparaciones, gastos, cargas y contribuciones de los bienes objeto del usufructo poderoso serán de cargo del usufructuario mientras no disponga de los mismos.
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Proeli/es-pv/l/2015/06/25/5#art-94