Art. 4
Título TÍTULO PRELIMINARCapítulo CAPÍTULO I

Art. 4

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En vigor desde 3 oct 2015
De acuerdo con el principio de libertad civil, tradicional en el Derecho civil vasco, las leyes se presumen dispositivas y la renuncia a los derechos de ellas derivados será válida en tanto no contraríen el interés o el orden público ni perjudique a tercero.
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