Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección cuarta. De la sucesión por comisario
Art. 30
30 / 158En vigor desde 3 oct 2015
El testador puede encomendar a uno o varios comisarios la designación de sucesor, la distribución de los bienes y cuantas facultades le correspondan en orden a la transmisión sucesoria de los mismos.
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Proeli/es-pv/l/2015/06/25/5#art-30