Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección primera. Disposiciones generales
Art. 22
22 / 158En vigor desde 3 oct 2015
En la Comunidad Autónoma del País Vasco rigen todas las formas de testar reguladas en el Código Civil y además el testamento llamado «hilburuko» o en peligro de muerte.
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Proeli/es-pv/l/2015/06/25/5#art-22