Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 104
104 / 142En vigor desde 17 nov 2014
Para la ejecución de las medidas en medio abierto la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha desarrollará un programa individualizado de ejecución de medidas judiciales o modelo individualizado de intervención en el caso de medidas cautelares. En dicho programa se contemplarán actuaciones específicas de las áreas de conflicto, desarrollo individual, salud, relacional y social, familiar, formativo-laboral o cualquier otra actuación que contribuya a la consecución de los objetivos educativos perseguidos.
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Proeli/es-cm/l/2014/10/09/5#art-104