Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 105En vigor desde 16 jul 2014
La presente ley será de aplicación, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, a las Administraciones Públicas y a los sujetos privados cuando así se disponga, asegurando la coordinación y cooperación entre las distintas Administraciones Públicas en el ejercicio de sus respectivas competencias.
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Proeli/es-ar/l/2014/06/26/5#art-2