Libro LIBRO III›Título TÍTULO ÚNICO›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición derogatoria única
313 / 318En vigor desde 20 ago 2014
1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones legales:
a) La disposición adicional tercera de la Ley 4/1992, de 5 de junio, sobre Suelo No Urbanizable.
b) La Ley 4/2004, de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje.
c) La Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del Suelo No Urbanizable.
d) La Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana.
e) La Ley 9/2006, de 5 de diciembre, Reguladora de los Campos de Golf de la Comunitat Valenciana.
f) La Ley 1/2012, de 10 de mayo, de medidas urgentes de impulso a la implantación de actuaciones territoriales estratégicas, excepto la disposición final primera.
g) El Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, aprobado por el Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell.
h) El Reglamento de Paisaje de la Comunitat Valenciana, aprobado por el Decreto 120/2006, de 11 de agosto, del Consell.
2. Quedan igualmente derogadas cuantas disposiciones legales o reglamentarias se opongan o contradigan lo dispuesto en la presente ley.
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Proeli/es-vc/l/2014/07/25/5#disposicion-derogatoria-unica