Art. 11
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 11

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En vigor desde 8 ago 2014
El Gobierno de Canarias promoverá, directamente o a través de las Cámaras Oficiales de Comercio de Canarias, las asociaciones empresariales, las asociaciones de trabajadores autónomos, las organizaciones sindicales y las empresas especializadas, la implantación de programas de tutorización en las nuevas actividades económicas para mejorar la gestión de los emprendedores y emprendedoras y facilitar la consolidación de los trabajadores autónomos y pymes.
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