Art. 20
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 20

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En vigor desde 23 oct 2014
El sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja promoverá el uso de la factura electrónica entre los actores económicos de La Rioja, así como en las relaciones del sector público con estos, con el objetivo de minimizar los costes de tramitación y reducir los plazos de gestión y pago, todo ello en un marco de transparencia en la gestión de los fondos públicos.
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