Art. 9

Art. 9

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En vigor desde 16 jul 2013
La «Universidad Europea del Atlántico» presentará a la Consejería competente en materia de universidades, a la finalización de cada curso académico, una memoria académica que incluirá el alumnado matriculado, el personal docente e investigador contratado, el personal de administración y servicios y las actividades realizadas.
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