Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPÍTULO XXXVII

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 1 ene 2014
Se autoriza a las personas titulares de las Consellerias con competencia en el área de hacienda, de función pública y en materia de sanidad para que adopten las medidas de ajuste técnico necesarias a fin de poder adscribir las funciones y personal de la extinta Agencia Valenciana de Salud.
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