Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 10
10 / 41En vigor desde 4 jul 2013
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón identificará semestralmente, a través de las técnicas más adecuadas para cada caso:
a) Las necesidades de los ciudadanos.
b) Las expectativas de los ciudadanos respecto a los servicios presentes y futuros que realice la Administración autonómica.
c) La calidad percibida de los servicios públicos.
d) La satisfacción de los ciudadanos con los servicios en funcionamiento.
2. La identificación de necesidades y expectativas de los ciudadanos corresponderá al ámbito organizativo responsable de la política pública o del servicio a implantar o a evaluar. La Dirección General competente en materia de calidad de los servicios públicos asesorará en las técnicas más adecuadas que hayan de utilizarse y será informada de las actividades realizadas en esta materia.
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Proeli/es-ar/l/2013/06/20/5#art-10