Art. 1
Título TÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 3 sept 2013
1. El objeto de esta ley es promover y consolidar la creación de empresas, correspondientes a cualquier actividad económica generadora de riqueza y empleo en Castilla y León, a través de las personas emprendedoras. 2. Para el cumplimiento de este objeto la Administración de la Comunidad de Castilla y León deberá desarrollar las medidas necesarias para: a) Fomentar y potenciar la figura del empresario, el espíritu emprendedor, la creatividad y la innovación. b) Crear un marco jurídico administrativo favorable al emprendimiento para la creación y consolidación de empresas, a través de la reducción progresiva de las trabas y cargas administrativas y la coordinación de las políticas y servicios de apoyo. c) Instrumentar medidas de apoyo que faciliten el desarrollo de la actividad de las personas emprendedoras en Castilla y León.
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