Art. Disposición adicional vigesimoquinta
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional vigesimoquinta

141 / 172
En vigor desde 24 mar 2012
1. A efectos de aportar al Consejo General de Arán la financiación necesaria para prestar adecuadamente los servicios en el territorio de Arán, debe formalizarse, para el ejercicio presupuestario de 2012, un único convenio que recoja la financiación global de la Generalidad al Consejo General de Arán con una dotación total de 20.500.000 euros. Este importe incorpora el conjunto de los compromisos previos y las obligaciones financieras atrasadas existentes. 2. El Departamento de Economía y Conocimiento debe adoptar las medidas necesarias para ampliar el crédito existente a las aplicaciones presupuestarias D/462000200/7110 y D/462000300/7110 de la Ley de presupuestos de la Generalidad hasta la cantidad de 20.500.000 euros.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2012/03/20/5#disposicion-adicional-vigesimoquinta