Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección tercera. Tasas›§ Subsección cuadragésima. Tasa por los derechos de renovación o emisión de duplicados del carnet acreditativo de la habilitación de guía de turismo de Cataluña
Art. 56
56 / 172En vigor desde 31 mar 2017
(Derogado).
Se deroga por la disposición derogatoria 2 y el anexo.D).15 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. Ref. BOE-A-2017-7353#an
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2012/03/20/5#art-56