Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 19
19 / 48En vigor desde 17 jul 2012
La biblioteca pública es un servicio público básico que tiene como finalidad ofrecer a la ciudadanía, en condiciones de igualdad, gratuidad y continuidad, el acceso a un conjunto organizado de fondos bibliográficos y recursos informativos que posibilitan la información, la educación y la cultura.
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Proeli/es-ga/l/2012/06/15/5#art-19