Art. 13
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 13

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En vigor desde 17 jul 2012
1. La Red de Bibliotecas Públicas de Galicia tendrá la siguiente estructura: a) Bibliotecas centrales territoriales. b) Bibliotecas centrales municipales. c) Bibliotecas de proximidad. d) Bibliotecas locales. e) Servicios bibliotecarios móviles. 2. En el Mapa de bibliotecas públicas de Galicia se determinarán, en función de criterios objetivos, los tipos a los que se adscribe cada biblioteca de la red.
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