Art. 54
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Adquisiciones a título oneroso

Art. 54

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En vigor desde 24 nov 2011
La adquisición de bienes muebles por la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y las entidades públicas instrumentales se rige por la legislación de contratos del sector público.
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