Art. 22
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª Adscripción y desadscripción de bienes y derechos patrimoniales a entidades públicas instrumentales

Art. 22

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En vigor desde 24 nov 2011
La desadscripción, que conllevará la desafectación, requerirá, para su efectividad, de la recepción formal del bien o derecho.
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