Art. 2
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 1 mar 2011
Durante 2011 la aprobación de la Oferta de empleo público se podrá llevar a cabo en los términos establecidos en la normativa estatal básica, previa negociación con las organizaciones sindicales en las respectivas Mesas Sectoriales. Se modifica por el art. único.1.2 de la Ley 1/2011, de 24 de febrero. Ref. BOE-A-2012-2264

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Pro

eli/es-mc/l/2010/12/27/5#art-2