Art. Disposición transitoria primera
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 6.ª Normas comunes

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 24 sept 2010
En tanto no se desarrolle reglamentariamente la presente Ley serán de aplicación, en cuanto no se opongan a la misma, las siguientes normas: 1) Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas 2) Decreto 178/1995, de 31 de octubre, de la Comisión de Actividades Clasificadas de Extremadura, y el Decreto 152/2003, de 29 de julio, que lo modifica. 3) Decreto 18/2009, de 6 de febrero, por el que se simplifica la tramitación administrativa de las actividades clasificadas de pequeño impacto en el medio ambiente.
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