Art. 148
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 148

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En vigor desde 24 sept 2010
La Consejería competente en materia de medio ambiente podrá elaborar planes de inspección ambiental con la finalidad de articular, programar y racionalizar sus inspecciones.
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eli/es-ex/l/2010/06/23/5#art-148