Título TÍTULO VI
Art. 133
133 / 189En vigor desde 24 sept 2010
El presente título tiene por objeto regular en la Comunidad Autónoma de Extremadura la responsabilidad de los operadores de prevenir, evitar y reparar los daños medioambientales, de acuerdo con los principios de prevención y de quien contamina paga.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2010/06/23/5#art-133