Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final segunda
42 / 42En vigor desde 23 jun 2010
La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de las Illes Balears».
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Proeli/es-ib/l/2010/06/16/5#disposicion-final-segunda